ESTADOS FINANCIERON,
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Obligación es un término que procede del latín obligativo y
que refiere a algo que una persona está forzada a hacer por una imposición
legal o por una exigencia moral. La obligación crea un vínculo que lleva al
sujeto a hacer o a abstenerse de hacer algo de acuerdo a las leyes o las
normativas.
Tributario, por su parte, es aquello perteneciente o relativo
al tributo, un concepto que puede utilizarse para nombrar a la entrega de
dinero al Estado para las cargas públicas. Un tributo, en ese sentido, es un
impuesto.
La obligación tributaria es el vínculo que se establece por
ley entre el acreedor (el Estado) y el deudor tributario (las personas físicas
o jurídicas) y cuyo objetivo es el cumplimiento de la prestación tributaria.
Por tratarse de una obligación, puede ser exigida de manera coactiva.
El contribuyente, de esta manera, tiene una obligación de
pago a partir del vínculo jurídico. Gracias a los tributos, el Estado puede
solventarse y desarrollar obras de bien público.
A través del pago de los impuestos, el contribuyente ayuda a
desarrollar cada servicio que recibe ya que el Estado aprovecha (o debería
aprovechar) los recursos que recauda a través de la obligación tributaria para
invertir en su creación y puesta a disposición del pueblo. Esto es lo que se
conoce con el nombre de contraprestación, ya que los ciudadanos entregan un
porcentaje de sus ingresos para que el Estado satisfaga parte de sus
necesidades, entre las cuales se encuentran los siguientes puntos, todos
fundamentales para que un país pueda desarrollarse:
* el drenaje;
* el transporte público;
* la red de alcantarillado;
* la construcción y el mantenimiento de centros de salud;
* el cuerpo de bomberos;
* las obras de construcción y reparación de edificios y de la
vía pública, lo cual incluye los caminos, túneles y puentes;
* diseño y puesta en marcha de proyectos y programas
específicos para apoyar a los empresarios, tanto a los micro, como a los
pequeños y medianos;
* entrega de subsidios de diversos tipos, imprescindibles
para muchos emprendimientos educativos y laborales.
Obligación tributaria En caso que la persona incumpla con su
obligación tributaria, el Estado puede proceder a castigarla según lo
estipulado por la ley. El pago de una multa, la inhabilitación comercial o
hasta el encarcelamiento son posibles sanciones.
Por lo general, la obligación tributaria tiene que abonarse
antes de un plazo estipulado. Si un impuesto vence el día 5 de cada mes y el
sujeto obligado no paga, a partir del 6 ya estará en falta. Es habitual que, si
se subsana la obligación en los días siguientes, la persona pueda abonar un
punitorio y evitar otras sanciones, entre las que se encuentran gastos de
ejecución, cobro de recargos y la revisión por parte de las autoridades
fiscales.
El incumplimiento de la obligación tributaria es muy común en
muchos países y, dentro del ámbito comercial, suele asociarse a ciertos rubros
en particular. Habiendo expuesto el uso que el Estado debería hacer del dinero
recogido en la recaudación de impuestos, así como las consecuencias que puede
acarrear la falta de pago, se vuelve evidente la presencia de otra variable
para llevar a tantas personas a cometer esta falta.
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